Aporte Obligatorio

Es la cuota periódica que cada Asociado aporta a Fondoccidente de acuerdo con su salario mensual y según lo determinado en la Asamblea de Delegados.

Beneficios
  • Computan para crédito y servirán como garantía de estos.
Características
  • 6% del salario básico mensual, que se divide en: El 10% se llevará a su cuenta individual de aportes sociales. El 90% se abonará a su cuenta individual de ahorro permanente.
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  • Tope máximo del descuento por nómina será el 35% del SMMLV. ($455.000) Vigencia año 2024. 
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  • No podrán ser transferidos a otros Asociados o terceros.
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  • Para los Asociados por Extensión no podrá ser inferior al 15% del SMMLV.
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  • Solo es reintegrable al momento de su retiro como Asociado.
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  • Cuando el asociado haya acumulado en su cuenta de Aportes Obligatorios más Ahorros Permanentes un monto igual o superior a treinta y seis (36) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), podrá si lo desea bajar su cuota de Aporte Obligatorio mensual al uno por ciento (1%) de su Salario Básico, con un tope mensual mínimo del dos por ciento (2%) del salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV).